En Marzo de 2009, como integrante del Comité de Desarrollo Urbano del Colegio de Arquitectos, emití esta opinión a la consulta hecha por el Ministerio de Vivienda respecto a la propuesta de una Ley de Desarrollo Urbano, a mi criterio, planteada sin estudios ni objetivos claros, solamente preocupada por el quehacer inmobiliario en Lima Metropolitana.
Generalidades
La Ley General de Desarrollo Urbano debería ser la herramienta para obtención de una previamente definida visión o paradigma de espacio nacional urbano por lograr.
Siendo el ámbito de la ley el territorio nacional y siendo que dentro de él, la trama urbana está estructurada como un conjunto con las cuencas y valles es decir, las regiones que la soportan, propongo añadir al título de la Ley la palabra Regional, de manera que se constituya en la primera Ley de Desarrollo Urbano y Regional del Perú.
El desarrollo urbano y regional por su naturaleza necesita de un enfoque espacial, sostenible y sustentable producto de un análisis matricial social, económico, ecológico y ambiental y por lo tanto, toda acción sectorial o multisectorial debería estar subordinada a su mandato.
Descripción del problema
Durante 188 años, el ordenamiento legal y la ubicación de la inversión pública y privada han producido en el Perú una marcada diferencia de modos de vida privilegiando un punto del territorio (Lima-Callao), sobre los demás, habiéndose creado lo que espacialmente podríamos definir como un área metropolitana que crece y se desarrolla subvencionada por el aporte de un territorio tributario que es el resto del país.
La expresión estadística de esta situación define un territorio de 1´285,000 kilómetros cuadrados, poblado de manera tal que en el área metropolitana Lima Callao, habita el 30% del total nacional. En la segunda ciudad, Arequipa, habita el 2.6 % de la población total del país, en la tercera, Trujillo el 2.4%, y se da el caso que la suma de las poblaciones de estas ciudades más las poblaciones de las siguientes ocho ciudades del país suman solo el 15% de la población nacional, describiendo un fenómeno único en Sud América y poco frecuente a nivel mundial para países con su rango de tamaño y población: ser un país que carece de ciudades intermedias, y donde la calidad y precio de la oferta de bienes y servicios, el modo de vida y el acceso a la modernidad obtenido en el área metropolitana no se reproduce en ningún otro punto del territorio.
Desde el otro extremo estadístico, un 20% de la población se distribuye desagregada en mas de 90,000 pueblos y aldeas de entre 2,000 y 100 personas o menos, sus habitantes no solo pertenecen a los mas bajos niveles de la pobreza extrema y están excluidos respecto a la acción del estado y al aparato productivo, sino que la dispersión que los caracteriza, es la mayor dificultad para mejorar su modo de vida. Para esa escala de poblado, no es posible la formación de mercados para producto alguno, y no es factible ningún proyecto de servicios básicos.
Esta dispersión además se da en un territorio con variedad de pisos ecológicos lo que limita o dificulta la masiva aplicación de nuevas tecnologías.
La acción del Estado
Como mandato de una política de estado, la primera que toca el tema del asentamiento de la población en el territorio en 188 años de vida republicana, la Ley General de Desarrollo Urbano debería encarar su acción frente a lo descrito.
Para ello, como ya se ha dicho, debe tener claro un paradigma o visión urbana y la ley, mandar las acciones que sean necesarias para lograrlo.
Frente a la excesiva concentración de la población en el área metropolitana de Lima Callao, el estado debería tener como política desalentar su crecimiento y para ello:
Normar un porcentaje máximo de inversión anual del estado en el área metropolitana
Eliminar progresivamente los subsidios a los servicios básicos en el área metropolitana.
· Las tarifas de agua potable en Lima y Callao se cobran 40% debajo de su valor comercial y subsidian el consumo de los primeros 80 m3 mensuales siendo el consumo de una familia pobre menos de 20 m3 mensuales.
· En función al nuevo paradigma, el proyecto “Agua para todos”, debería aplicarse exclusivamente fuera del ámbito metropolitano.
· Los costos de la energía eléctrica en Lima y Callao se benefician del bajo costo del gas de Camisea y excluyen al resto del país.
· El abandono de este patrón de subvención de servicios básicos y explotación de recursos en beneficio del área metropolitana tiene indudablemente un costo político, pero una política de estado debería sopesar este costo manejable en la medida que sea progresivo, frente al costo a futuro de la ingobernabilidad de un país con ese grado de exclusión de tan importante parte de la población localizada en áreas de predominio de pobreza y pobreza extrema.
· El análisis del fenómeno del Calentamiento Global en el corto plazo, ubica a Lima en el primer grupo de ciudades más afectadas en su abastecimiento de agua. Hasta la fecha, la política de estado frente a la escasés de agua en Lima y Callao, ha consistido en aumentar la captación y subvencionar las tarifas. Es necesario repensar esta estrategia considerando el agotamiento de las fuentes a muy corto plazo.
Frente al problema del 20% de la población que habita en áreas de la sierra afectadas por la deforestación, la erosión, la dispersión poblacional y por lo tanto afectada por pobreza extrema, el estado debería aplicar la metodología probada con éxito en la sierra de Cajamarca en el siglo pasado propuesta y propugnada por el Ing. Pablo Sánchez, consistente en la reforestación masiva del área y la ocupación ordenada del territorio en poblados menores pero con la suficiente capacidad de solventar servicios básicos e infraestructura de desarrollo. En la actualidad, estos proyectos podrían, fácilmente, ser parte de un círculo virtuoso de alcance global que reciba financiamiento de Bonos de Carbón y apoyo financiero internacional.
Mega proyectos y desarrollo urbano y regional.
Los mega proyectos en general deben ser motivo de estudio respecto al impacto que tendrán en la construcción del paradigma urbano y regional.
De un lado, en cumplimiento de la política de inclusión, a partir de esta ley, los mega proyectos de inversión estatal deberían localizarse fuera de Lima y de otro lado, los mega proyectos localizados fuera de Lima, deberían ir acompañados necesariamente de acciones vinculadas a la concentración de población dispersa y a la inclusión de población afectada por pobreza y extrema pobreza a servicios básicos e infraestructura de desarrollo.
En síntesis, lo descrito debería llevar a que a partir de esta Ley de Desarrollo Urbano, la factibilidad de los megaproyectos estatales debería incluir el análisis costo-beneficio extendido a una matriz social, económica, ecológica y ambiental.
Los mega proyectos viales al cruzar por áreas de extrema pobreza, activan la migración de población joven a áreas nuevas valorizadas por la carretera y el nuevo flujo económico. Sin embargo, el mismo estado que promueve la carretera, se ha desentendido tanto del destino del territorio como del asentamiento de la población migrante en ese territorio, desperdiciando la oportunidad de incluir a estas poblaciones desde sus inicios en los beneficios de servicios básicos e infraestructura para tener que intervenir tres generaciones después con costos económicos, sociales, ecológicos y ambientales mayores. Ese fue el caso de la carretera marginal de la selva y de poblados como Nueva Cajamarca, Tocache y cientos de otros a lo largo de la vía y debería ser suficientemente aleccionador como para que no se repita en las redes viales de la carretera transoceánica.
Las actividades extractivas de exportación, como parte de sus costos, deberían beneficiar a población local y el estado acompañar esta acción con inversiones en servicios básicos e infraestructura de desarrollo. Casos como Antamina y lo que parece será Las Bambas, deberían servir como modelo de futuros proyectos mineros.
Conclusiones
Debería ubicarse esta Ley de Desarrollo Urbano tanto en el tiempo como en el conjunto de normas nacionales hasta la fecha, como un importante instrumento de una política del estado peruano, inexistente hasta ahora, que oriente su gasto anual y permita al estado de un lado, asumir un rol frente a la ocupación desordenada de sus regiones, ciudades y pueblos y de otro, incluir a población afectada por pobreza extrema en los beneficios de modos de vida compatibles con el siglo XXI.
El estado peruano del año 2009, ya no es el estado debilitado por el terrorismo que no pudo actuar en la formación de la red urbana y regional de la carretera Marginal de la Selva, tampoco es el estado que en permanente crisis económica se vio limitado a distribuir lotes sin servicios en los arenales de Lima, el estado peruano del siglo XXI debe asumir su rol como productor de desarrollo urbano y regional y esta ley debería ser el instrumento para lograrlo.
Luis Gurmendi
